Flotas

(*) Este artículo solo aplica en España

 

Los conductores utilizados por las empresas dedicadas al arrendamiento de vehículos con conductor deberán encontrarse encuadrados en su organización empresarial de conformidad con lo que se dispone en el artículo 54.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y estar en posesión del permiso de conducción que resulte pertinente de conformidad con la reglamentación en materia de tráfico, circulación y seguridad vial.

 

Podrás contratar tantos conductores como desee para operar con Cabify, y estos deberán ser contratados en régimen de trabajador por cuenta ajena.

¿Fue útil este artículo?
Usuarios a los que les pareció útil: 2 de 5